domingo, 22 de enero de 2012

Reactivación de la Policía Militar Ambulante

RESUMEN

Los altos índices de violencia, corrupción imperante en la Policía Nacional Civil, el crecimiento de las organizaciones delictivas al margen de la ley y los hechos de violencia requieren que se analice la reactivación de la Policía Militar Ambulante para coadyuvar con la seguridad ciudadana y las funciones que debe desempeñar.

El presente trabajo de tiene como objeto  analizar la importancia de la reactivación de la Policía Militar Ambulante como respuesta a la Agenda del Cambio, Plan de Gobierno 2012-2016 del Partido Patriota y sus acciones para neutralizar el crimen organizado, maras y delincuencia común. Se utilizó el método de investigación descriptiva y los resultados están dirigidos a las autoridades gubernamentales y a los cursantes del Curso de Altos Estudios Estratégicos.




















I.              INTRODUCCION

Durante el proceso de campaña electoral, el candidato presidencial, General de Brigada en situación de retiro Otto Pérez Molina (hoy Presidente Constitucional de la República), presentó al pueblo de Guatemala su Agenda del Cambio, Plan de Gobierno 2012-2016, producto de un proceso de diálogo en todos los departamentos del país. En esta Agenda del Cambio se identifican cinco Ejes de Trabajo, cinco estrategias o propósitos siendo uno de ellos “Neutralizar al crimen organizado, maras y delincuencia común” que contempla una serie de acciones principales, dentro de las cuales podemos mencionar el “Programa de creación de unidades militares de Fuerzas Especiales y de Policía Militar”.

Después de finalizado el conflicto armado interno en Guatemala, producto de los acuerdos de paz se desmoviliza el Cuerpo Especial “Policía Militar Ambulante”, unidad militar que fue creada al amparo de un decreto ley y le otorgaba la obligación de apoyar a las Fuerzas de Seguridad Civil en aquellas áreas donde estas no tenían capacidad de operar; así mismo, le otorgaba facultades para la detención y conducción de aquellas personas que se encontraran cometiendo un ilícito.  En estos momentos en que los índices delincuenciales se encuentran al  alza y las Fuerzas de Seguridad Civil no tienen la capacidad de llevar el orden a todo el país; además, del desprestigio y corrupción en las mismas, aunado a esto  las unidades militares en apoyo a ellas no tienen el amparo legal para efectuar capturas y conducciones, así como la contaminación  que sufren las segundas por parte de las primeras  en acciones fuera de la ley y el orden. Nos hacemos la siguiente interrogante:

¿La reactivación de la Policía Militar Ambulante coadyuvará a la neutralización del crimen organizado, maras y delincuencia común? 

La presente investigación es de gran valor para las autoridades gubernamentales debido a que se busca crear conciencia sobre los efectos que produciría el tener una unidad militar con capacidades especiales en la neutralización del crimen organizado, maras y delincuencia común.

El propósito de la investigación es determinar las implicaciones que conlleva reactivar la Policía Militar Ambulante y las áreas geográficas para su empleo.


























II.            CONTENIDO
A.        Antecedentes Históricos:
La Policía Militar Ambulante fue creada mediante el Decreto Ley 332, siendo el Jefe de Gobierno el General Enrique Peralta Azurdia y publicada en el diario oficial el 24 de febrero de 1965. Posteriormente, es modificado por el Decreto 56-71 del Congreso de la República,  “Extensión de las Funciones de la Policía Militar Ambulante a las áreas urbanas” el cual fue publicado en el diario oficial el 8 de junio de 1971, decretando  lo siguiente:

Artículo 1:
“La Policía Militar Ambulante es un Comando Militar Especial del Ejército de Guatemala, sujeto a las leyes y reglamentos militares, que prestará sus servicios en todo el territorio nacional, en combinación o colaboración, según el caso, con la Policía Nacional y de Hacienda y con la Guardia Forestal.

Articulo 2:
Son sus atribuciones:
a)        Mantener el orden público en las áreas urbanas y rurales que recorriere o en las que se encontrare destacada, ya fuere eventual o permanentemente.
b)        Prevenir la comisión de delitos y faltas, perseguir y capturar a los transgresores y consignarlos a los tribunales de justicia, en cuyo caso las partes que con tal motivo rindiere, tendrán el carácter de denuncia para los efectos procesales previstos por el artículo 146 del Código de Procedimientos Penales reformado por el artículo 5º. Del Decreto 63-70 del Congreso de la República.
c)         Combinar o coordinar sus funciones, con las que  son propias de la Guardia de Hacienda para la prevención y persecución del contrabando en todos sus aspectos.
d)        Prestar auxilio en los casos de emergencia o de calamidad pública, a los dueños o administradores de fincas, tierras de labranza, bosques y toda clase de propiedades rurales, así como a los moradores de ellas o lugares aledaños.
e)        Evitar la tala ilegal de bosques y astilleros en forma conjunta con la Guardia Forestal y Guardabosques.
f)          Informar a la autoridad inmediata superior, de toda actividad que en el campo tienda a exacerbar los ánimos y si el caso lo amerita, reprimir por los medios lícitos cualquier desorden que ocurriere.
g)        Vigilar las carreteras y caminos con el objeto de proteger a los transeúntes, hacer que se cumpla con las disposiciones y reglamentos de tránsito, reportando a los infractores al juzgado respectivo, se respete el derecho de vía, se observen los signos o señales de tráfico y se evite que sean destruidos.
h)        Mantener vigilancia, en colaboración con las demás autoridades de policía, comisionados militares, sus ayudantes y alcaldes auxiliares, sobre las líneas telefónicas, telegráficas y férreas, evitando actos de sabotaje en las mismas.
i)          Prestar pronto y eficaz auxilio en lugares en los que ocurrieren accidentes de toda naturaleza, incendios, inundaciones o cualquier otro siniestro.
j)          Prestar oportuno auxilio a la Brigadas de Saneamiento Ambiental en las áreas rurales para la erradicación de la malaria y otros males endémicos y
k)         Las demás atribuciones que le asignares los reglamentos que en aplicación de esta ley emitiere el organismo Ejecutivo, a través del Ministerio de la Defensa Nacional.

Artículo 3:
Los miembros de la Policía Militar Ambulante, que por actos u omisiones derivadas del cumplimiento de sus funciones fuesen encausados criminalmente, permanecerán detenidos en su respectivo Comando bajo la responsabilidad del jefe que lo comandare y causaran baja sólo cuando contra ellos se hubiere dictado sentencia firme condenatoria.

El 19 de septiembre  de 1996, en la ciudad de México D.F. se firma el acuerdo “FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN DEL EJÉRCITO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA”, tema que al igual que el Acuerdo global sobre Derechos Humanos, llevan la mayor cantidad de propuestas de cambios constitucionales, la mayoría a instancia de organismos internacionales, resaltando el “Proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas[1]

Finalmente, el 29 de diciembre 1996 siendo Presidente de la República Álvaro Arzú Irigoyen, se firma el Acuerdo de Paz Firme y Duradera con lo que formalmente queda finalizado el enfrentamiento armado interno, el cual había durado 36 años.

En el año de 1997 en cumplimiento a los Acuerdos de Paz se desactiva la Policía Militar Ambulante. La desactivación de esta unidad militar se realizó en dos etapas durante el año: en marzo se desmovilizaron 699 integrantes de la Policía Militar Ambulante Ordinaria (PMAO) y en diciembre 1,722 de la Policía Militar Ambulante Extraordinaria (PMAE), totalizando 2,421 efectivos. Posteriormente, el Acuerdo Gubernativo 13-98 suprimió definitivamente esta unidad militar, cuya desmovilización fue parte de la reducción del 33% de efectivos del Ejército de Guatemala[2].

El 16 de Junio del año 2000 es publicado el Decreto 40-2000 en el diario oficial, decretando la “Ley de apoyo a la Fuerzas de Seguridad Civil” en la cual, se establece el apoyo que las unidades del Ejército de Guatemala pueden brindar a las fuerzas de seguridad civil para prevenir y combatir al crimen organizado y la delincuencia común cuando se estime necesario.

En el año 2006 se crearon los Batallones de Seguridad Ciudadana integrados por ciudadanos que han prestado servicio militar y que son menores de treinta años de edad. Fueron creados con el objeto de apoyar las operaciones de la Policía Nacional Civil en las operaciones de control y seguridad a favor de la ciudadanía.

Para realizar operaciones, estas unidades se combinan con agentes de Policía Nacional Civil y efectúan patrullajes en base a planes específicos. En el argot de los medios de comunicación se refieren a estos operativos como: Fuerzas Combinadas y Fuerzas de Seguridad Ciudadana.

La participación de unidades militares del Ejército en operativos policíacos de patrullaje para brindar seguridad a la ciudadanía está ordenada por el Comandante General del Ejército (Presidente Constitucional de la República) a través de los planes estratégicos y operacionales respectivos, que emiten el Ministerio de la Defensa Nacional y el Estado Mayor de la Defensa Nacional.

B.        Agenda del Cambio, Plan de Gobierno 2012-2016 Partido Patriota:
En esta Agenda del Cambio se identifican cinco Ejes de Trabajo[3], siendo estos:

1.       Seguridad Democrática y Justicia.
2.       Desarrollo Económico Competitivo.
3.       Infraestructura Productiva e Infraestructura Social.
4.       Desarrollo Social.
5.       Desarrollo Rural Sustentable.

El eje de Seguridad y Justicia, se ejecutará desarrollando estrategias integrales diseñadas con una visión de largo plazo. Dichas estrategias son[4]:

1.       Proteger la vida y la propiedad.
2.       Neutralizar al crimen organizado, maras y delincuencia común.
3.       Fortalecimiento institucional.
4.       Coordinar e integrar la cooperación integral en apoyo a la seguridad democrática.
5.       Fortalecer el sistema de justicia.

Producto de la estrategia y/o propósito “Neutralizar al crimen organizado, maras y delincuencia común”, se contemplan un serie de acciones principales, dentro de las cuales podemos mencionar el “Programa de creación de unidades militares de Fuerzas Especiales y de Policía Militar”.

Para la neutralización del crimen organizado, maras y delincuencia común se necesitan Fuerzas de Seguridad que basen su actuar apegados al estado de derecho y observancia de los Derechos Humanos. Lamentablemente desde su fundación, la Policía Nacional Civil no fue vista con buenos ojos debido al reciclaje de que había sido la antigua Policía Nacional, y que de esta se nutría en su momento la mayor cantidad de elementos policiales los cuales traían practicas de corrupción (sobornos, asaltos, secuestros, etc.). El desprestigio de la Policía Nacional Civil en estos momentos es evidente y muchas personas conocedoras del tema de seguridad han pedido su refundación a través de una reforma policial, por considerar que esta institución esta infiltrada por organizaciones del crimen organizado, narcotráfico, maras y delincuencia común, las cuales corrompen a una buena cantidad de elementos policiales[5]. Cuando una persona común que conduce su automóvil tropieza con un puesto de registro policial en carretera, maneja durante la noche o tiene necesidad de los servicios de los elementos de la Policía Nacional Civil, lo primero que le pasa por la mente es cuanto dinero tendrá que desembolsar por la comisión de una falta o por el simple hecho de haber sido detenido; si le introducirán droga en el automóvil o cualquier otra cosa inimaginable. Por todas estas acciones, la población guatemalteca ha perdido el respeto de las Fuerzas de Seguridad Civil; ante lo cual, los diferentes gobernantes de turno ordenan en su calidad de Comandantes Generales del Ejército que unidades militares las acompañen en diferentes operaciones tales como: desalojos, patrullajes, cateos, puestos de registro, etc. Pero también, los elementos del Ejército de Guatemala se han visto involucrados en faltas y delitos inducidos por los elementos policiales, ante la ausencia de unidades militares que tengan la capacidad de efectuar capturas y conducir a los infractores  a los juzgados correspondientes, operando de forma independiente de los elementos policiales.

La Policía Militar Ambulante contaba con capacidades especiales asignadas a través de un Decreto Ley  para suplir todas aquellas necesidades de seguridad de la población guatemalteca en todo el territorio nacional, pero lamentablemente fue desmovilizada a través de un acuerdo gubernativo como parte de los Acuerdos de Paz (acuerdos políticos), dejando ese gran vacío que es utilizado por organizaciones delictivas para el desarrollo de sus actividades. Si bien es cierto, hablar de la reactivación de la Policía Militar Ambulante podría ser considerado por personas o grupos interesados en que se mantenga el actual nivel de inseguridad, como un retroceso al pasado, militarización de la sociedad, violación a los Acuerdos de Paz, inversión innecesaria, etc. La otra cara de la moneda sería la opinión del ciudadano común, aquel que todos los días se encomienda a Dios para retornar con vida al hogar, estas personas tendrían una percepción diferente, sentirían un ambiente de seguridad y confianza en las instituciones responsables de la seguridad pública, puesto que esta unidad militar operaría de forma independiente de la Policía Nacional Civil, desempeñando funciones de apoyo a la población y dejando otro tipo de funciones a los elementos policiales de acuerdo a sus capacidades.

La Reactivación de la Policía Militar Ambulante sería apegada a derecho puesto que existe  el Decreto Ley 56-71  el cual se encuentra vigente y delimita las funciones a esta unidad militar, produciendo un impacto positivo en la seguridad ciudadana y por ende en la población guatemalteca. Esta Policía Militar podría ser desplegada en aquellas áreas del territorio nacional donde esta ausente la Policía Nacional Civil o se considere áreas conflictivas en lo que respecta al crimen organizado, maras, delincuencia común, conflictos de tierras o los elementos policiales no sean respetados.

Esta reactivación necesitaría incrementar el número de efectivos del ejército, restructurar la Tabla de Organización y Equipo, adquirir tecnología, vehículos, armamento y equipo. Actualización del manual de procedimientos del Policía Militar Ambulante apegados a las nuevas leyes y observancia de los Derechos Humanos; además, del fortalecimiento de los principios y valores morales para el cumplimiento de su misión.

Desde el punto de vista económico, proveería fuentes de trabajo y por ende el incremento de la población económicamente activa, asegurando un  clima de seguridad propicio para las inversiones nacionales e internacionales. El gasto en seguridad sería devuelto a la sociedad guatemalteca a través de una reducción de los índices de violencia y un clima de tranquilidad.






III.           CONCLUSIONES

A.        La reactivación de la Policía Militar Ambulante estaría dentro de las acciones contempladas en el “Programa de creación de unidades militares de Fuerzas Especiales y de Policía Militar”,  así mismo cuenta con el marco jurídico para su funcionamiento, coadyuvando a la seguridad ciudadana operando independientemente de la Policía Nacional Civil, lo que permitiría el empleo de los elementos policiales en otras áreas de menor índice delincuencial y conflictividad.

B.        Grupos adversos al Ejército de Guatemala manifestarían su desaprobación en la reactivación de la Policía Militar Ambulante, alegando el incumplimiento de los Acuerdos de Paz Firme y  Duradera suscritos entre el gobierno y la guerrilla.

C.        Con la reactivación de la Policía Militar Ambulante se evitaría la contaminación del personal militar por parte de los elementos policiales y que no se vieran involucrados en acciones al margen de la ley.

D.        Producto del clima de tranquilidad y seguridad que se proporcionaría a la población en general, se crearían fuentes de trabajo, incremento en las inversiones nacionales y extranjeras además de una mejoría en la economía nacional.



[1] Monografía, Proceso de paz en Guatemala. Acuerdo: “Fortalecimiento del poder civil y función del ejercito en una sociedad democrática” y reformas constitucionales, Cesar Vitelio Fuentes.
[2] Informe de Verificación, situación de los compromisos relativos al ejército en los acuerdos de paz. Minugua.
[3] Agenda del Cambio, Plan de Gobierno 2012-2016 Partido Patriota.
[4] Agenda del Cambio, Plan de Gobierno 2012-2016 Partido Patriota.
[5] Edgar Gutierrez, El Periódico lunes 08 de Febrero 2010.

Formación de unidades militares de fuerzas especiales y de policía militar


Reactivación de la Policía Militar Ambulante